miércoles 26, junio 2024
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Referéndum: ¿Acuerdos loables o choques de egos?

“la lucha por la  Presidencia no vale el derramamiento de sangre de ningún costarricense”. (Alberto Echandi Montero, ex canciller, -Benemérito de la Patria-)

El referéndum  (democracia directa) debe ser responsabilidad que se ejerza con sabiduría, no con bolas de demolición o derribo. El  análisis y  el voto: deben ser por convicción, sin excusas  o venganzas. Ejercer con sabiduría, conlleva estudiar o al menos leer detalles de la propuesta.

¿Qué nos refiere la Constitución Política, la ley y, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), sobre esta ética responsabilidad -de poder del pueblo-?

-CP: Artículo 105.- La potestad de legislar reside en el pueblo, el cual la delega en la Asamblea Legislativa por medio del sufragio. (…)

El pueblo también podrá ejercer esta potestad mediante el referéndum. (…)

*-Interesante comentar que: la ley, para  este derecho -al referéndum- se facilitó, con una acción de inconstitucionalidad interpuesta, por  el entonces Defensor de los Habitantes (José Manuel Echandi Meza). Inconstitucionalidad por omisión de la Asamblea Legislativa, respecto a la no aprobación de la ley del referéndum.

¿Y, qué ordenó la Sala Constitucional? Veamos… Res. 2005-05649: Por tanto: Se declara inconstitucional la omisión absoluta de la Asamblea Legislativa en el ejercicio de su poder normativo y en el cumplimiento  (…), para dictar, (…)  las leyes de desarrollo del referéndum (…). Se le otorga a la Asamblea Legislativa el plazo de seis meses (…), para que dicte las referidas leyes.

*-Destacable, la participación del Presidente -del Primer Poder de la Republica- (Gerardo González Esquivel) que, coadyuvó con la aprobación del referéndum, al  resolver dar el trámite constitucional correspondiente (y preferente). -Resolución y apelación en Acta del Plenario Legislativo número  062 del  1 /9/2005-. Veamos, por ejemplo  citas de los puntos:

8) Se le otorga a la Asamblea Legislativa el plazo de seis meses, contado a partir de la notificación de esta sentencia, para que dicte las referidas leyes.

9.- Que la Resolución fue notificada a la Asamblea Legislativa el 18 de mayo, por lo que la Asamblea Legislativa tiene plazo al 19 de noviembre para que se aprueben estos proyectos.

Que la Presidencia de la Asamblea Legislativa cumple así, con el mandato de la Constitución Política y del Reglamento de la Asamblea Legislativa, pero no puede ni se compromete a que ambos proyectos sean votados en el plazo dado por la Sala Constitucional, pues dependerá de los 57 miembros de este Congreso, su pronta tramitación. Además, en caso de que se presente una moción de apelación, para revertir esta decisión, se sugiere que la votación sea nominal, para que conste en actas, la responsabilidad de cada uno de los señores y señoras diputadas.

-Esta Resolución fue apelada y ganó la postura del Presidente Legislativo (con 37 votos positivos- y, contra la Resolución 13 votos -negativos a favor de la apelación).

Cumpliendo, lo ordenado, se aprobó la Ley  8492 que, entre otros, señala:

-Artículo 1º—Objeto. La presente Ley tiene por objeto regular e instrumentar el instituto de la democracia participativa denominado referéndum, (…)

Artículo 2º- (…), no podrán someterse a referéndum proyectos de ley sobre materias presupuestaria, tributaria, fiscal, monetaria, crediticia, de pensiones, seguridad, aprobación de empréstitos y contratos, ni actos de naturaleza administrativa.

-Jurisprudencia del TSE (N.° 790-E-2007):

II.- EL REFERÉNDUM Y SU REGULACIÓN EN COSTA RICA: (…) en virtud de una reforma experimentada por la Constitución Política, (…) se innovó la normativa para prever que, excepcionalmente, el pueblo pueda avocar el ejercicio de esa potestad a través del instituto del referéndum. (…).

– Sí, el TSE, refirió… “excepcionalmente el pueblo pueda avocar”. O sea, la persona -con su  análisis y su voto-, decide en democracia directa.

Y, sobre democracia, en setiembre del 2008, António Guterres (secretario general de la ONU), manifestó:

«Comprometámonos a unir fuerzas por el futuro de la democracia. Ello supone corregir la desigualdad, tanto económica como política.  Esforzarnos por un futuro que no deje nadie atrás nos exige considerar interrogantes esenciales y urgentes.                                                     

Y, en mayo de 2022, el secretario general de la OEA (Luis Almagro), indicó:  

Al permitir que el pueblo exprese directamente su voluntad, los mecanismos de democracia directa sitúan a los ciudadanos al centro de la gobernanza y facilitan su acceso a más democracia – un componente clave del compromiso de la OEA de garantizar: Más derechos para más gente -.

La democracia es, literalmente, el «poder del pueblo». Montesquieu dijo que ´La tiranía de un príncipe en una oligarquía no es tan peligrosa para el bienestar público como la apatía de un ciudadano en una democracia´”.

-Ese poder del pueblo -ahora, en nuestro país- debe ser sin apatía, debe ser responsable. Con tolerancia… sin rencores. Debe ser con actitud fraternal… con sabiduría; sin bolas de demolición o derribo.

Y, el referéndum no debe ser “choques de egos” de pseudo políticos. No debe ser duelos de  historia antigua, no debe ser una lucha del poder por el poder.

El referéndum debe ser: democracia directa (acuerdos loables) para el mayor bienestar del pueblo.

El 3 de junio 2024 *El expresidente Miguel Ángel Rodríguez, nos sugiere que: “buscando un acuerdo todos podemos ganar..

-La democracia  -su realización- no debe ser por  imposición, debe ser por convicción… buscar  el gane de todas las persona, no de unas  pocas.

Claro, hoy, -dada nuestra realidad- deberíamos querer un referéndum respecto a ¿fortalecer las Garantías Sociales o “debilitarlas” (por la no  inversión económica –ineludible-  requerida para cumplir con su justo mandato)?

Valga rememorar que, el 25 de junio se cumplen años de su aprobación, por el Congreso Constitucional (hoy, A.L.), y el 2 de julio, aniversario del ejecútese -a las Garantías Sociales-,  firmado, por el expresidente Calderón Guardia, en el año 1943.

Recordemos… con bolas de demolición: se destruye; con sabiduría social damos vida al desarrollo humano (generando riqueza económica para el bienestar común).

(*) Wellington Arguedas Rodríguez

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5 COMENTARIOS

  1. O sea, con el encadenamiento político y de poder, el TSE interpretó y definió a la medida las limitaciones y prohibiciones a las consultas populares de nuestra supuesta democracia. Todo un acoplado engranaje facilitador que blinda a la casta o mafia corrupta tradicional, la cual han desvirtuado el poder del pueblo. Y no más hoy observemos, como los interesados brincan y saltan para defender sus privilegios económicos familiares, sacando y reinventando portillos para entorpecer, evitar que tales referéndums no les invalide su «ganada» seguridad jurídica. Quien diga que nuestra Costa Rica no está podrida hasta los tuétanos, como también por casualidad, lo patrocina el poder mediático, es un camuflado añejo proveedor. Urge una integral reforma política-judicial para no quedar tiquicia en solo el cascarón, donde los privatizadores ante y ahora, extorsionan con sostener figurones y nutrirlos, para no desaparecer, cediendo hasta la madre, los bienes y derechos de todos nuestros costarricenses. Los acomodados doctos, se abstienen de tocar y evidenciar tales descaros. Mientras allá afuera, el planeta espera su auto destrucción. Traspapelamos la medular prioridad existencial.

    • Ehhh a ver si entiendo, segun Ud. Costa Rica esta podrida hasta los tuetanos…eso significa que Ud., costarricense, tambien lo esta cierto?. Yo soy costarricense, y no lo siento asi, pero si Ud. lo asegura tanto debe ser que cuando se ve al espejo, piensa eso…

  2. De Aristoteles, Cada persona es dueño de su propio destino. Nuestras elecciones o acciones tienen un impacto en el curso directo de nuestra vidas. En otras palabras, nuestro destino no esta escrito en las estrellas, sino que lo creamos nosotros mismos.

    Shalom

  3. Vamos con este referendum y los que tengan que venir! La actual Asamblea Legislativa no representa al pueblo y por lo tanto no es su prioridad.

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